{"id":15331321,"date":"2022-08-29T13:59:18","date_gmt":"2022-08-29T17:59:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/?p=15331321"},"modified":"2022-08-29T13:59:18","modified_gmt":"2022-08-29T17:59:18","slug":"comparativo-colegios-profesionales-constitucion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/2022\/08\/29\/comparativo-colegios-profesionales-constitucion\/","title":{"rendered":"Comparativo | Los colegios profesionales en la Constituci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p>El \u00c1rea Jur\u00eddica del Colegio de Cirujano Dentistas de Chile realiz\u00f3 un documento t\u00e9cnico con el objetivo de informar sobre las diferencias entre los textos de la Constituci\u00f3n de 1980 y la Propuesta de 2022, que se plebiscitar\u00e1 el domingo 4 de septiembre, en cuatro temas: derecho a la salud, trabajo, educaci\u00f3n y colegios profesionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Compartimos el contenido del documento respecto a <strong>colegios profesionales<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-columns\">\n<div class=\"wp-block-column\">\n<p><strong>Art 19\u00ba N\u00ba 16 inciso 4\u00ba y Art 20 transitorio<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ninguna clase de trabajo puede ser prohibida, salvo que se oponga a la moral, a la seguridad o a la salubridad p\u00fablicas, o que lo exija el inter\u00e9s nacional y una ley lo declare as\u00ed. Ninguna ley o disposici\u00f3n de autoridad p\u00fablica podr\u00e1 exigir la afiliaci\u00f3n a organizaci\u00f3n o entidad alguna como requisito para desarrollar una determinada actividad o trabajo, ni la desafiliaci\u00f3n para mantenerse en \u00e9stos.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley determinar\u00e1 las profesiones que requieren grado o t\u00edtulo universitario y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas.<\/p>\n\n\n\n<p>Los colegios profesionales constituidos en conformidad a la ley y que digan relaci\u00f3n con tales profesiones, estar\u00e1n facultados para conocer de las reclamaciones que se interpongan sobre la conducta \u00e9tica de sus miembros. Contra sus resoluciones podr\u00e1 apelarse ante la Corte de Apelaciones respectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Los profesionales no asociados ser\u00e1n juzgados por los tribunales especiales establecidos en la ley.<\/p>\n<\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-column\">\n<p><strong>Art 74<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los colegios profesionales son corporaciones de derecho p\u00fablico, nacionales y aut\u00f3nomas, que colaboran con los prop\u00f3sitos y las responsabilidades del Estado. Sus labores consisten en velar por el ejercicio \u00e9tico de sus integrantes, promover la credibilidad y representar oficialmente a la profesi\u00f3n ante el Estado y las dem\u00e1s que establezca la ley.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\"><strong>Comentarios \u00c1rea Jur\u00eddica Colegio de Cirujano Dentistas de Chile<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Tuici\u00f3n \u00e9tica | <\/strong>En ambos preceptos se mantiene la tuici\u00f3n \u00e9tica \u00fanicamente sobre los miembros pertenecientes a un colegio profesional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Colegiatura obligatoria | <\/strong>En ambos preceptos constitucionales no se exige la colegiatura obligatoria para ejercer una profesi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Procesos \u00e9ticos | <\/strong>La Constituci\u00f3n vigente establece que los procesos \u00e9ticos al interior de un Colegio Profesional son apelables ante la justicia ordinaria (Corte de apelaciones) y que respecto de los temas \u00e9ticos de los profesionales no colegiados se debe recurrir a la justicia ordinaria mientras no se creen los tribunales especiales (art\u00edculo 20\u00ba transitorio de la actual Constituci\u00f3n), lo que no es tratado en la propuesta de nueva Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Naturaleza jur\u00eddica colegios profesionales | <\/strong>La propuesta de nueva Constituci\u00f3n -a diferencia de la actual Constituci\u00f3n- define la naturaleza jur\u00eddica (corporaciones de derecho p\u00fablico, nacionales y aut\u00f3nomas) y la funci\u00f3n (velar por el ejercicio \u00e9tico de sus integrantes, promover la credibilidad y representar oficialmente a la profesi\u00f3n ante el Estado) de los colegios profesionales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ley de colegios profesionales | <\/strong>La propuesta de nueva Constituci\u00f3n mandata la creaci\u00f3n de una ley de colegios profesionales en raz\u00f3n de otorgar mayores les atribuciones al decir las dem\u00e1s que establezca la ley, lo que se deber\u00e1 realizar respetando los m\u00e1rgenes del concepto contenido en el art\u00edculo 74 de la propuesta de nueva Constituci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El \u00c1rea Jur\u00eddica del Colegio de Cirujano Dentistas de Chile realiz\u00f3 un documento t\u00e9cnico con el objetivo de informar sobre las diferencias entre los textos de la Constituci\u00f3n de 1980 y la Propuesta de 2022, que se plebiscitar\u00e1 el domingo 4 de septiembre, en cuatro temas: derecho a la salud, trabajo, educaci\u00f3n y colegios profesionales. Compartimos el contenido del documento respecto a colegios profesionales. Art 19\u00ba N\u00ba 16 inciso 4\u00ba y Art 20 transitorio Ninguna clase de trabajo puede ser prohibida, salvo que se oponga a la moral, a la seguridad o a la salubridad p\u00fablicas, o que lo exija [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":15341809,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2,3],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15331321"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/7"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=15331321"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15331321\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":15647385,"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15331321\/revisions\/15647385"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/15341809"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=15331321"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=15331321"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.colegiodentistas.cl\/inicio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=15331321"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}