A partir del 1 de enero del 2020, los trabajadores independientes que emitan boleta de honorarios tendr谩n el aumento de la retenci贸n de esta, pasando de un 10% a un 10,75%.
Esta medida se enmarca dentro de la ley que establece el aumento progresivo de la retenci贸n en la boleta de honorarios, donde se busca llegar a un 17% para el a帽o 2028. Esto para otorgar protecci贸n social (como cobertura m茅dica y previsional) a los trabajadores que utilizan este sistema.
De esta manera, a partir del 2020 hasta el 2028, cada a帽o aumentar谩 progresivamente la retenci贸n en las boletas, estableciendo los siguientes porcentajes:
A帽o | Aumento Retenci贸n | Total Retenci贸n Boleta |
2020 | 0,75% | 10,75 % |
2021 | 0,75% | 11,50 % |
2022 | 0,75% | 12,25 % |
2023 | 0,75% | 13,00 % |
2024 | 0,75% | 13,75 % |
2025 | 0,75% | 14,50 % |
2026 | 0,75% | 15,25 % |
2027 | 0,75% | 16,00 % |
2028 | 1% | 17,00 % |
La medida aplicar谩 para todos los emisores de boletas de honorarios (tanto las electr贸nicas como en papel) y tambi茅n para los emisores de boletas de prestaci贸n de servicios de terceros.
Para evitar confusiones o errores de tipeo, el mismo sitio web del Servicio de Impuestos Internos tendr谩 a disposici贸n una aplicaci贸n que calcular谩 el monto con la nueva retenci贸n.
Dejamos algunos ejemplos de c贸mo funcionar铆a este nuevo porcentaje de retenci贸n:

