Todo colegiado que este imposibilitado de sufragar personalmente, podrá hacerlo desde el lugar de su residencia mediante carta certificada dirigida al Secretario del respectivo Consejo, acompañando un sobre cerrado que justifique su no concurrencia, identificándose en forma debida y acompañando certificado de pago de cuotas; dentro del cual deberá incluir un sobre cerrado con el voto.
Para aquellos colegiados que no cuenten con el certificado antes indicado, la respectiva Secretaría solicitará al Departamento de Tesorería que certifique la “calidad de colegiado al día” del emisor del voto por carta.
El voto para la elección de Consejeros Nacionales está disponible para ser descargado: Voto 2018
El voto para la elección de Consejeros Regionales deberá ser solicitado por el colegiado en su respectiva Sede Regional. El Consejo Regional deberá entregar a todos aquellos colegiados que manifiesten su intención de votar por carta los pasos a seguir y dirección de envío de la misiva.
El voto por carta certificada deberá ser enviado, por el colegiado, con una anticipación no inferior a seis días a la fecha del término de la votación (sábado 19 de Mayo*), situación que se comprobará con el matasello certificado del correo, cautelando que su recepción coincida con el escrutinio final de la elección (sábado 26 de Mayo).
Cada colegiado tendrá derecho a votar por un solo candidato. Si en el voto figure más de una preferencia se considerará nulo.
Los sufragios recibidos por carta, se computarán cuando se reúnan los requisitos indicados en el Artículo 4º del Reglamento de Elecciones, y cuando la firma sea autorizada como fidedigna por el Secretario del Consejo respectivo. Estos votos se ingresarán a la urna al término del acto eleccionario, previa anotación en el Libro de Elecciones. El ingreso a la urna lo hará el Secretario del Consejo respectivo, personalmente. Los votos recepcionados en el Consejo con posterioridad a los plazos señalados y al escrutinio de la mesa, no serán considerados, dejándose constancia de ello en el Libro de Elecciones. Todo lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento de Elecciones.
El voto dirigido al Secretario Nacional debe ser enviado a la siguiente dirección: Av. Santa María 1990, Providencia, Santiago. En el caso de las regiones, se deben mandar a sus sedes respectivas: revisar direcciones regionales.
(*Se hace presente que el plazo antes citado vence el día domingo 20 de Mayo del presente, razón por la cual se adelantó al día hábil anterior).
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