Imputado, quien ejercía ilegalmente la profesión en la comuna de Talagante, fue condenado a 300 días de presidio menor en su grado mínimo, junto a una multa de 6 UTM.
A 300 días de presidio menor en su grado mínimo y una multa de 6 UTM fue condenado el individuo de iniciales A.P.L.F., egresado de la carrera de Odontología, quien según se pudo acreditar en juicio, ejercía ilegalmente la profesión de cirujano dentista en la zona rural de la Región Metropolitana.
La sentencia dictada por el Magistrado Héctor Osorio Sepúlveda, Juez de Garantía de Talagante, fue la culminación exitosa de la querella criminal interpuesta por el Colegio de Cirujano Dentistas de Chile A.G., la que se inició a raíz de dos denuncias recibidas a través del Tribunal de Ética de nuestra Orden.
“Más allá de lo histórico de la sentencia, lo cierto es que estamos frente a un hecho que marcará un precedente. Denunciar y perseguir el intrusismo no sólo responde a un mandato estatutario de nuestra Orden, sino además es nuestro deber ético salvaguardar la integridad de la profesión y de nuestros pacientes”, reflexionó nuestro Presidente Nacional, Dr. Jaime Acuña, respecto a este caso.
Los actos que fueron denunciados por el Colegio de Cirujano de Chile A.G en su querella, son constitutivos del delito “contra la salud pública” sancionado en el artículo 313 letra a) del Código Penal, el cual prescribe que “el que, careciendo de título profesional competente o de la autorización legalmente exigible para el ejercicio profesional, ejerciere actos propios de la respectiva profesión de médico-cirujano, dentista, químico farmacéutico, bioquímico u otra de características análogas, relativa a la ciencia y arte de precaver y curar las enfermedades del cuerpo humano, aunque sea a título gratuito, será penado con presidio menor en su grado medio y una multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales”..
Es del caso resaltar que nuestros abogados, doña María Constanza Gajardo Sandino y don Roberto Lagos Echeverría, hacen un llamado a nuestra comunidad colegiada en orden a denunciar hechos constitutivos de intrusismo profesional, puesto que a través de una comunidad activa en la persecución de este tipo de actos, nuestra Orden podrá accionar judicialmente de manera fundamentada e informada, lo que conlleva como efecto, el cumplir materialmente con el mandato estatutario relativo a “colaborar con las autoridades competentes en la represión del ejercicio ilegal de la profesión”,